La defensa
de la democracia representativa se hace más sencilla cuando se
entiende bien lo que el concepto de representación significa. Los
defensores de la democracia directa como el modo más puro y simple
de democracia, harían bien en no obviar los formidables problemas y
limitaciones que ésta entraña.
Introducción
y conceptualización
En el
diccionario de la Real Academia Española, se recoge como acepción
principal de representar "Hacer presente algo con palabras o
figuras que la imaginación retiene" y "sustituir a alguien
o hacer sus veces". Esta sustitución y presencia de lo ausente
siguen siendo hoy parte básica del concepto.
Hanna
Fenichel Pitkin, en una obra ya canónica, El concepto de
representación (1967), va en la misma línea y define la
representación como "hacer presente de nuevo". Con esta
definición, la representación política consiste en hacer presentes
las voces, opiniones y perspectivas de los ciudadanos en la toma de
decisiones públicas.
Bernard
Manin, en Los
principios del gobierno representativo
(1997), identifica cuatro principios del gobierno representativo: 1)
Aquellos que gobiernan son nombrados a traves de elecciones a
intervalos regulares; 2) La toma de decisiones de los gobernante
muestra un cierto grado de independencia respecto a los deseos del
electorado; 3) Los representados pueden expresar sus opiniones y
preferencias políticas sin estar
sujetos al control de los gobernantes; 4) Las decisiones públicas
son sometidas a debate.
Desarrollo
histórico
En la
antigüedad se desconoce la representación, lo que implicaba que, en
el mejor de los casos, la participación de los ciudadanos (y toca
recordar que dicha condición no era especialmente amplia) en los
asuntos públicos era sólo posible en el ámbito limitado de la
ciudad. Cualquier gobierno de un ámbito territorialmente más
extenso era forzosamente autoritario y sin lugar para la
participación.
Habría de
transcurrir mucho tiempo aún para que surgiera el primer tipo de
representación en forma de mandato imperativo. La persona elegida se
limitaba a recoger las demandas de sus representados y ejecutarlas,
pero sin ninguna iniciativa propia. Este sistema se demostro poco
flexible y eficaz, siendo sustituida esta concepción en la edad
contemporánea por la de representación como confianza, es decir,
como autorización para actuar en nombre y por cuenta del
representado, pero con una cierta independencia respecto a él.
Los rasgos
de uno y otro pueden ser conceptualizados de acuerdo con la tabla
siguiente:
Mandato imperativo
|
Representación como confianza
|
Representación de colectividades o
cuerpos sociales específicos.
|
Representación de la comunidad en
sentido amplio.
|
El representante lo es a merced de
un título expreso que dimana de la designación por el grupo
social por el que es representante y que contiene las limitaciones
e instrucciones a las que en su actividad como tal está ligado el
representante.
|
No existe poder ni mandato. El
representante ostenta una competencia universal y obra por el bien
público de acuerdo con su opinión y criterio sin límites ni
instrucciones que le vinculen.
|
Las asambleas resultantes son
reuniones de los portavoces de los grupos sociales con relevancia
de los intereses del reino, pero no de la comunidad.
|
Las asambleas integradas para por
tales representantes constituyen órganos colegiados dotados de
competencia material general y que representan a la comunidad.
|
Tales asambleas son cuerpos de
carácter esencialmente consultivo, pero no un instrumento de
gobierno.
|
La duración del mandato es la
fijada por la ley y no depende de la voluntad de los electores.
|
*
Tabla creada en base a Las instituciones del gobierno constitucional,
Manuel Martínez Sospedra, 1994
Montesquieu
en El espíritu de las leyes (1748),
defiende ya la idea que, dada la imposibilidad material en un estado
de gran tamaño de que sus ciudadanos se reunan en un cuerpo
legislativo, es necesario escoger representantes que puedan reunirse
y actuar en su nombre.
En este
sentido lo entiende Edmund Burke en sus Reflexiones sobre la
revolución francesa (1790) decía: "El Parlamento no es un
congreso de embajadores de intereses hostiles y diferentes, cuya
finalidad sea mantener su propio interés, como agente y abogado,
contra otros agentes y abogados; sino que el Parlamento es una
asamblea deliberativa de una nación, con un mismo interés, que es
el del conjunto...Se elige a un miembro, en efecto; pero una vez
elegido, no es un miembro por Bristol, sino un miembro del
Parlamento."
Unos años
antes, en 1787, cuando se reune en Filadelfia la Convención
constitucional que habría de elaborar la futura constitución de
Estados Unidos, ya eran conscientes sus miembros que, dada su
condición de país extenso y en expansión, cualquier sistema
democrático que fuera elegido, tendría que ser por fuerza
representativo. Incluso el propio Rousseau, que en El Contrato
Social (1762) sólo reconocía como democrático el gobierno
asambleario directo, en sus Consideraciones sobre el gobierno de
Polonia (1771), aceptaba como válido y necesario un gobierno
representativo.
Benjamin
Constant, en su La libertad de los antiguos comparada a la de
los modernos (1819), va un paso más allá y señala que la
representación es el instrumento que nos hace políticamente libres.
¿Pero en qué sentido? En el sentido que podemos, si así lo
queremos, no dedicarnos a la política y delegar la defensa de
nuestros intereses en otros; de este modo, podemos llevar a cabo las
tareas que verdaderamente deseamos hacer sin que nuestro tiempo se
vaya en una actividad que no nos satisface.
La
aceptación de la representación sobre el modelo asambleario era ya
pacífica en el siglo XIX y las breves menciones que se hacían a la
discusión pasada, eran para reafirmarse, como John Stuart Mill
en sus Consideraciones sobre el gobierno representativo
(1861), que señala: "dado que, en una comunidad que exceda
el tamaño de una pequeña población, todos no pueden participar
personalmente sino en alguna porción mínima de la acción pública,
el resultado es que el tipo ideal de un gobierno perfecto debe ser el
representativo"
Ya en la
segunda mitad del siglo XIX, Max Weber, padre de la sociología
moderna, entendió la representación como algo grupal o colectivo.
La participación política se canalizaba a través de partidos
políticos de masas. que sustituían a los antiguos partidos de
cuadros o de notables.
Sobre el
papel de este nuevo modo de representación de masas, Robert
Michels publica en 1912 un libro básico en la politología
moderna: Los partidos políticos. En éste analiza los grandes
partidos de masas de la época, especialmente el SPD alemán y llega
a la conclusión que, independientemente de lo democrática que sea
una organización al inicio, tiende inevitablemente a la oligarquía
y enuncia su famosa "ley de hierro de la oligarquía" en
estos términos lapidarios: "Donde hay organización, hay
oligarquía. En la medida que ninguna organización, una vez ha
alcanzado un cierto tamaño y complejidad, puede actuar como una
democracia directa, el poder dentro de la organización acabará
delegado en individuos del grupo. Además, la organización
desarrollará intereses particulares que no necesariamente coinciden
con los de los representados o simpatizantes de la organización.
Concepción
actual
Bernard
Manin concibe la democracia como una democracia de audiencia en la
que, por un lado, los ciudadanos son los espectadores en el patio de
butacas y, por otro, en el escenario se encuentran los representantes
políticos en sentido amplio (partidos, agentes sociales,
intelectuales...) que lanzan al público sus ideas y propuestas y
esperan su respuesta, recogiéndola luego y actuando en consecuencia.
Se trata de una representación es más plural en sus formas, sin
necesidad de que existan vínculos de mandato o confianza.
Pitkin
entiende que la representación política se articula de modo
poliédrico y tiene cuatro dimensiones: Formal, descriptiva,
sustantiva y simbólica.
La dimensión
formal, con dos vertientes; por un lado como autorización, que
contempla las reglas, mecanismos y procedimientos a través de los
cuales se constituye la relación representativa; y por otro lado de
rendición de cuentas, es decir, la capacidad de los representados
para castigar a su representante si no actúa de acuerdo a sus deseos
o no se muestra receptivo hacia sus demandas.
La
dimensión descriptiva se refiere a las características comunes
que existen entre representante y representado. Se supone que el
representante es un espejo del representado. Esto puede ayudar a
explicar por qué conviene, al diseñar una lista electoral, que ésta
sea variada, de modo que más gente se vea reflejada en alguno de sus
miembros (si lo prefieren, las boys band serían también un ejemplo
magnífico, pues cada uno de sus miembros tiene una personalidad
diferente a los demás para atraer a más público: el sensible, el
malote, el espiritual...).
La dimensión
sustantiva hace referencia a los intereses que están siendo
representados: ¿sólo los electores de mi circunscripción o los de
toda España? ¿Los intereses de mis representados o del partido?
El
representante debe ser sensible hacia los deseos, intereses, demandas
y quejas de sus representados, lo que no quiere decir que tenga que
defenderlos siempre del modo que los repreentados manifiestan, aunque
los tenga en cuenta.
La dimensión
simbólica de la representación hace referencia a lo que el
representante simboliza para sus representados. Por ejemplo: un
diputado no es sólo Pepito Pérez del Partido X, es una
representación de la ciudadanía y la soberanía española también.
No puede
haber representación política que no incluya estas cuatro
dimensiones, que tienen una influencia recíproca entre ellas.
Medición
de la representación
Si intentar
conceptualizar lo que es la representación ha sido una tarea ardua y
que todavía plantea discusiones, medir la reprentación se hace aún
más complicada, aunque contamos con dos trabajos clave en este
campo.
El primero,
The Legislative System. Explorations on legislative behavior
(1962), de John
C. Wahlke y
Heinz Eulau, establece
dos criterios:
-
El estilo de la representación: mandato o trustee
(confianza)
-
Focus, o contenido real de la representación. ¿Es
ésta local o nacional? Al final se acaba hablando de foci en plural,
puesto que puede ser de casi cualquier tipo: intereses sectoriales,
por edad, trabajo...
Más
recientemente, se publica el
Modes of political representation: Toward a new tipology
(2005), de Jacques A.
Thomassen y
Rudy Andeweg,
que aspira a resolver la
controversia entre mandato-independencia de los representantes y
propone una tipología alternativa de modos de representación, que
combina
dos variables:
- La dirección de la relación representativa: de arriba a abajo (el
representante elabora propuestas y las traslada al a base) o de abajo
arriba (el representante recoge propuestas en la base y las transmite
lo más fielmente posible arriba).
-
El control de la representación: ex ante,
en función de las promesas que hace el representante, o ex
post, en función de las
acciones que el representante ya ha realizado.
La cuestión clave es, ¿cuál prevalece? Para determinarlo crean
con lo anterior la siguiente matriz con cuatro modelos
- Mecanismo de controlDirecciónDesde arribaEx ante Ex postAutorizaciónRendición de cuentasDesde abajoDelegaciónReceptividad
Delegación. La representación desde abajoy ex
ante es probablemente el tipo ideal de la democracia representativa,
pero parte de premisas muy exigentes: Los votantes deben tener
preferencias que sean al mismo tiempo exógenas y estables,y la
agenda política debe ser predecible.
Receptividad. Esta forma de representación asume que los
votantes tienen preferencias exógeas, pero ni estas preferencias ni
la agenda política tienen por qué ser estable. Se supone a los
representantes capaces de calibrar las cambiantes preferencias
populares, y la amenaza de ser destituido del cargo solo puede ser
creible si hay una elección electoral, es decir, una oposición, y
si los representantes están deseando y se les permite presentarse a
la reelección. Esta premisa no supone un problema si el
representante es un partido, más que un individuo.
Autorización. Un ejemplo de esta representación desde arriba
y ex ante es el modelo del partido responsable (responsible party
model), en el que partidos políticos cohesionados presentan
distintos programas a los votantes, quienes luego forman sus
preferencia por uno u otro y votan en consecuencia. A través de
estos votos, al partido se le da un mandato para (tratar de) ejecutar
su programa. Se asemeja pues este modelo al de la representación
como mandato. No es necesario que los representados tengan
referencias exógenas. También asume este modelo que hay posibilidad
de elección: los representados son capaces de distinguir entre dos o
más representantes o partidos. Otra premisa más es que la agenda
política es predecible.
Rendición de cuentas.
En este tipo de representación, el
político o el partido actúan como promotores políticos,
identificando y promoviendo políticas que consideran serán
apreciadas ex post más que preferidos ex ante. Este modo de
representación es que el parte de menos premisas: las preferencias
de los votantes pueden ser endógenas o exógenas, estables o
cambiantes, y no es necesario que la agenda sea predecible. Las
únicas premisas de este modelo son la disponibilidad de una
alternativa electoral, en la que los representantes quieran y puedan
presentarse a la reelección, y que los votantes sean capaces de
asignar claramente las responsabilidades por el desempeño en el
gobierno.
Estos cuatro modos de
representación son, por supuesto, tipos ideales. Lo
habitual será encontrar que un determinado sistema contenga
elementos que le aproximen más a un modo concreto, pero nunca de
modo puro.
No hay comentarios
Publicar un comentario