jueves, 31 de enero de 2013

Leyes contra la blasfemia: Otra amenaza a los Derechos Humanos

Han pasado más de tres siglos desde que John Locke publicara su Carta sobre la tolerancia, como respuesta filosófica a las guerras de religión y a la persecución y privación de sus bienes civiles de personas por causa de su fe. En la misma, defendía el papel del Estado como institución secular, con fines seculares y separada de la Iglesia. Prescribía que debía tolerarse cualquier postura religiosa que no perjudicase los intereses de la sociedad y del Estado y que el poder político debía limitarse a ser garante de la paz, el bienestar e intereses privados de los súbditos. Además, realizaba un ataque a la doble moral de aquellos que, con el pretexto de salvar las almas de los demás hombres, someten a tortura y privación de sus bienes a los que no profesan la misma religión; pasando por alto los vicios de los propios cofrades, con quienes actúan con benevolencia y defendía que no era posible convertir por la fuerza a los hombres (al cristianismo en este caso pero, por extensión, a cualquier otra religión). 

Sin embargo, no parece que esta postura se haya extendido por todo el mundo. El Pew Forum on Religion and Public Life, ha publicado ya diferentes informes sobre la tendencia creciente de restricciones sobre la religión. en que muestran como el 75% de la población mundial vive en países donde en mayor o menor medida, se restringe el derecho a expresar y practicar libremente su fe

En muchos de estos países existen leyes contra la blasfemia que coartan en gran medida la libertad de expresión y generan más conflicto del que, supuestamente, pretenden evitar. De acuerdo al estudio de la Freedom House El impacto de las leyes de blasfemia sobre los Derechos humanos, éstas son utilizadas  sobre todo para silenciar a la oposición política y cualquier tipo de disidente dentro del sistema; para resolver disputas y rencillas entre individuos, mediante falsas acusaciones; para justificar los ataques contra minorías religiosas; y para imponer una determinada interpretación religiosa  frente a otras corrientes "heréticas".

Como es de suponer, en un panorama así los Derechos Humanos resultan muy afectados. La libertad de expresión sufre, como mínimo, un cierto grado de autocensura previa. Por otro lado, la definición de qué constituye blasfemia es extremadamente vaga, por lo que su aplicación por los poderes públicos suele ser selectiva y los arrestos arbitrarios, con procesos y pruebas manipulados y sin garantías de tutela judicial efectiva; los detenidos son sometidos a malos tratos y tortura y, aunque puedan salir libres, no se garantiza su seguridad personal.

Por si fuera poco, no existe un consenso internacional en torno a la definición de blasfemia, aunque los países que forman parte de la Organización para la Cooperación Islámica han intentado en repetidas ocasiones que se aprobase en el seno del Consejo de Derechos Humanos de la ONU  una resolución sobre esta cuestión. Las organizaciones de derechos humanos se han opuesto a ello tradicionalmente por los efectos que tal texto tendría sobre la libertad de expresión y la sospecha más que fundada que lo único que pretenden estos países es dar cobertura internacional a leyes anti-blasfemia ya promulgadas en sus territorios. Estos temores han sido recogidos en un esperanzador Comentario General durante el 102 período de sesiones del Comíte de Derechos Humanos, que es el cuerpo de expertos independiente que monitoriza la implementación del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos. En su párrafo 48, que es el que nos interesa, dice textualmente:

La prohibición de las demostraciones de falta de respeto por una religión u otro sistema de creencias, incluidas las leyes sobre la blasfemia, es incompatible con el Pacto, excepto en las circunstancias previstas explícitamente en el párrafo 2 de su artículo 20. Estas prohibiciones deben ajustarse además a las condiciones estrictas del párrafo 3 del artículo 19, así como a los artículos 2, 5, 17, 18 y 26. Por ejemplo, no sería admisible que esas leyes discriminasen en favor o en contra de uno o varias religiones o sistemas de creencias, o en favor o en contra de sus seguidores, o bien en favor de los creyentes de una determinada religión con respecto a los no creyentes. Tampoco sería admisible que estas prohibiciones se utilizaran para impedir o sancionar las críticas contra dirigentes religiosos o los comentarios sobre la doctrina religiosa o el dogma

Sobre donde están los límites de la libertad de expresión, creo que conviene volver la vista hacia los clásicos, en particular John Stuart Mill, cuando en su obra Sobre la libertad, escribe: 

Tan pronto como una parte de la conducta de una persona afecta perjudicialmente a los intereses de otras, la sociedad tiene jurisdicción sobre ella y puede discutirse si su intervención es o no favorable al bienestar general. Pero no hay lugar para plantear esta cuestión cuando la conducta de una persona o no afecta, en absoluto, a los intereses de ninguna otra, o no los afecta necesariamente y sí sólo por su propio gusto (tratándose de personas mayores de edad y con el discernimiento ordinario). En tales casos, existe perfecta libertad, legal y social, para ejecutar la acción y afrontar las consecuencias.

Es en este mismo sentido que, más de cien años después, se pronunció el Tribunal Europeo de Derechos Humanos en el caso Handyside v. United Kingdomcase, de 1976, cuando en la sentencia manifiesta que:
    Su función supervisora impone al Tribunal prestar una atención extrema a los principios propios de una “sociedad democrática”. La libertad de expresión constituye uno de los fundamentos esenciales de tal sociedad, una de las condiciones primordiales para su progreso y para el desarrollo de los hombres. Al amparo del artículo 10.2 es válido no sólo para las informaciones o ideas que son favorablemente recibidas o consideradas como inofensivas o indiferentes, sino también para aquellas que chocan, inquietan u ofenden al Estado o a una fracción cualquiera de la población. Tales son las demandas del pluralismo, la tolerancia y el espíritu de apertura, sin las cuales no existe una “sociedad democrática”. Esto significa especialmente que toda formalidad, condición, restricción o sanción impuesta en la materia debe ser proporcionada al fin legítimo que se persigue.
Si bien no se trata de insultar, lo que se trata es de comprender que en una sociedad libre, tolerante y pluralista, es posible decir y escuchar opiniones contrarias a las nuestras; e incluso negaciones de afirmaciones que tenemos por dogmas. Quien se quiera sentir ofendido, créanme que lo hará. Lo que no se puede tolerar es entrar en un juego de políticas de apaciguamiento que vayan dando cada vez más alas a los radicales y reduzcan el número de voces críticas. Las leyes de blasfemia no son utilizadas únicamente contra miembros de otras religiones, sino también contra miembros de la misma. De otro modo no podría explicarse como los musulmanes (normalmente de corrientes minoritarias, como los ahmadí de Pakistán, por nombrar uno de tantos ejemplos) sufren represión en casi tantos países como los cristianos (117 los primeros, 130 los segundos, coincidiendo en casi todos ellos)
 
Es un hecho que las restricciones son  mayores en aquellos países que tienen leyes contra la blasfemia, como se puede apreciar en el cuadro inferior.
La lógica del enemigo externo podría explicar en parte el sostenimiento de estas leyes represivas. En sociedades relativamente cerradas y con serios problemas económicos y sociales, la creación de un enemigo externo otorga cohesión y estabilidad, la tiempo que reduce los críticos al ostracismo, al ser considerados virtualmente como traidores. Es decir, se desvía la atención de los problemas reales. 

¿Qué piensan ustedes? ¿Creen necesaria una defensa a ultranza de la libertad de expresión, o abogan por restringirla?

2 comentarios

  1. Muy bien explicado. Yo abogo siempre por la libertad, de expresión y de todo.

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    1. Muchas gracias. Francamente encuentro que ese tipo de leyes suponen un modo de evitar críticas de grupos que saben que lo que hacen es, precisamente, criticable. No hay que dejarse amedrentar sino hacerles frenet desde la palabra.

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